letra de cambio
La letra de cambio:
Letra de
cambio es un título- valor de contenido crediticio mediante el cual una parte
que se denomina girador, da a otra parte
llamada girado , la orden de pagar a un
beneficiario, determinada suma de dinero, en una fecha propuesta.
Es un
título valor de contenido crediticio, puesto que la obligación incorporada es
la de pagar determinada suma de dinero. Puede ser girada a la orden o al
portador , lo cual implica qué su negociación se haga mediante endoso y
entrega, en el primer caso, o por medio
de la entrega material en el segundo
supuesto. Es un título valor singular puesto que se puede emitir una sola letra
a la vez qué conserva su identidad y su valor. Por último es un título valor
típico y nominado. Por qué está regulado por los artículos 671 a 696 de
nuestro código de comercio, bajo la denominación letra de cambio.
Elementos
esenciales
En atención
a lo dispuesto por los artículos 621 y 671 del código de comercio, los
elementos esenciales de una letra de cambio son:
La firma
del creador (Art 621).
La mención
del derecho qué en la letra de cambio se
incorpora. (Art 621).
La orden
incondicional de pagar una suma determinada de dinero.
Hola, la letra tiene un caducidad?. Podría reclamar por una letra de hace 12 años y como se reclama?
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