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objeto codigo general del proceso

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  Este codigo regula la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios. se aplica , Ademas a todos los asuntos de cualquier jurisdiccion o especialidad y a las actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdicionales en cuanto no esten regulados expresamente en otras  leyes.

Concepto de aval

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  Mediante el aval se garantiza, en todo o en parte, el pago de un título- valor . Referencia : Artículo 633 del código de comercio

Solidaridad entre quiénes suscriben en un mismo grado

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  Cuando 2 o más personas suscriban un título valor en un mismo grado cómo, giradores, otorgantes, aceptantes, endosantes , avalistas, se obligará solidariamente. El pago del titulo por uno de los signatarios solidarios no confiere a quien paga respecto de los demas coobligados sino los derechos y acciones que competen al deudor solidario , contra estos, sin perjuicio de las acciones cambiarias contra otras partes refererencia  articulo 632 codigo de comercio

obligaciones en caso de alteracion de un titulo valor

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  en caso de alteracion del texto de un titulo valor los signatarios anteriores se obligaran conforme al original y los posteriores conforme al alterado, se presume salvo prueba en contrario que la suscripcion ocurrio antes de la alteracion. referencia articulo 631 codigo de comercio

prohibiciones al tenor de cambio en la forma de circulacion de un titulo valor

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El tenedor de un titulo valor no podra cambiar su forma de circulacion sin consentimiento  del creador del titulo  Referencia:  Articulo 630 Codigo de comercio

consecuencias por afectaciones a un titulo valor

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  la reivindicacion, el secuestro o cualesquiera otras afectaciones o gravamenes consignados en un titulo valor o sobre las mercancias por el representadas, no surtiran efectos si no comprenden el titulo mismo materialmente. referencia  Articulo  629 codigo de comercio

Derecho sobre la transferencia de un titulo valor

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   la  La transferencia de un titulo implica no solo la del derecho principal incorporado,  sino tambien la de los derechos accesorios  referencia  : Articulo 628 codigo de comercio