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Mostrando las entradas de marzo, 2025

determinacion de la competencia fundamento constitucional y legal

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  Determinación de la competencia fundamento constitucional y legal El punto de partida para el estudio de la determinación de la competencia de los jueces se encuentra en tres disposiciones Normativas : a el articulo 29 de la constitución política en cuanto   establece como uno de los componentes del debido proceso el concepto de juez natural en el sentido de que nadie puede ser juzgado sino por el juez competente b el articulo 13 del CGP   que establece que las normas de procedimiento son de orden publico y c el articulo 14 del mismo código que reitera la garantía constitucional del debido proceso la competencia   según la corte constitucional   (T 357 de mayo 9 de 2002   tiene las siguientes características (a legalidad es fijada por la ley b imperatividad: no es derogable por voluntad de las partes c   inmodificabilidad   no se puede   variar en el curso del proceso salvo por las causales establecidas en la ley   d indelegabilidad ...

Competencia

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  Competencia el   legislador después de determinar los despachos que administran justicia en cada una de las especialidades de la jurisdicción ordinaria distribuyo el trabajo entre los despachos de cada una de ellas. Se puede decir que la competencia es el resultado de la división del trabajo de administrar justicia entre los despachos judiciales de la misma jurisdicción o especialidad. En el campo de la jurisdicción ordinaria es lo que corresponde a un juez de una determinada especialidad se dice que un juez es competente cuando   se ocupa de los asuntos que la ley le ha asignado dentro de cada especialidad   para hacer esta   distribución tuvo en cuenta varios puntos o criterios y que se conocen como factores de competencia y son : el funcional , el subjetivo el objetivo el territorial y el de conexión . La pregunta pertinente es cuál de tantos despachos judiciales de la misma especialidad, civil   Comercial y agrario de la corte salas civiles de los tri...

Periodo de prueba

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 Periodo de prueba es la parte inicial del contrato que tiene por objeto por parte del empleador apreciar las aptitudes del trabajador y por parte de este, la conveniencia de las condiciones de trabajo. Referencia Articulo 76 del codigo sustantivo del trabajo