Régimen de competencia en asuntos de la especialidad civil de la jurisdicción ordinaria factor objetivo

en tercer lugar el legislador procedió a distribuir el trabajo teniendo en cuenta el factor objetivo esto es la naturaleza del asunto y el valor .para efectos de la aplicación de las disposiciones normativas relacionadas con este factor se debe tener en cuenta primero la naturaleza del asunto y luego el valor. Por razón de la naturaleza de la lectura del CGP se puede colegir que el legislador divide los Asuntos en tres grandes grupos. El primer grupo se refiere a los procesos contenciosos en general así los denomina el numeral 1 de los Artículos 17, 18 , 20 y 28 del (CGP) son contenciosos los procesos en los que las partes asumen posiciones encontradas, es decir en los que aparece desde la demanda que hay controversia. El segundo grupo comprende una relación de procesos en la cual hay algunos contenciosos y otros no contenciosos o de jurisdicción voluntaria a los procesos de este grupo se les llamara en este texto...