letra de cambio

La letra de cambio: Letra de cambio es un título- valor de contenido crediticio mediante el cual una parte que se denomina girador, da a otra parte llamada girado , la orden de pagar a un beneficiario, determinada suma de dinero, en una fecha propuesta. Es un título valor de contenido crediticio, puesto que la obligación incorporada es la de pagar determinada suma de dinero. Puede ser girada a la orden o al portador , lo cual implica qué su negociación se haga mediante endoso y entrega, en el primer caso, o por medio de la entrega material en el segundo supuesto. Es un título valor singular puesto que se puede emitir una sola letra a la vez qué conserva su identidad y su valor. Por último es un título valor típico y nominado. Por qué está regulado por los artículos 671 a 696 de nuestro código de comercio, bajo la denominación letra de cambio. Elementos esenciales En atención a lo dispuesto por los artículos 621 y 671 del código de...